España ha dado un importante paso en el reconocimiento de las enfermedades raras al incluir recientemente la retinosis pigmentaria y la retinosis pigmentaria sindrómica en el Registro Estatal de Enfermedades Raras. Este registro permite tener una visión más clara de la situación de estas patologías en nuestro país.
Datos Relevantes sobre la Retinosis Pigmentaria en España
Según los datos del registro, en 2021 se contabilizaron:
- Un total de 1.904 casos vivos de retinosis pigmentaria y retinosis pigmentaria sindrómica en Andalucía, siendo la comunidad autónoma con más casos registrados.
- De estos, 126 pacientes fallecieron al final del año.
- Todas las comunidades autónomas, excepto Castilla-La Mancha, Cantabria, Ceuta y Melilla, han presentado casos de estas enfermedades.
- La mayoría de los casos, 3.447, se concentran en personas de entre 35 y 79 años.
Otras Enfermedades Raras Incluidas en el Registro
Además de la retinosis pigmentaria, el registro también incluye el Síndrome de Williams, otra enfermedad rara. En este caso, la mayoría de los casos, 378, se presentan en niños de 5 a 14 años, siendo prácticamente inexistente en adultos.
La inclusión de la retinosis pigmentaria y la retinosis pigmentaria sindrómica en el Registro Estatal de Enfermedades Raras es un avance importante para mejorar el conocimiento y la atención de estas patologías en España. Los datos recopilados serán fundamentales para diseñar estrategias de prevención, diagnóstico y tratamiento más efectivas.
La Asociación Retina Murcia ha consultado al Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de la Región de Murcia (COORM) sobre la aplicación del IVA en la compra de gafas para personas con discapacidad, con el fin de que evitar posibles confusiones y que nuestros socios tengan claras sus ventajas. La respuesta obtenida por el COORM señala que las personas con una discapacidad visual acreditada superior al 33% pueden comprar sus gafas con la aplicación del IVA superreducido del 4%. Añadimos a continuación el texto remitido por el Colegio de Ópticos-Optometristas que puedes mostrar en tu óptica en caso de que surjan dudas.
"La Consulta Vinculante V0400‐21 de 25 de febrero de 2.021 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo, dice lo siguiente:
Tributarán al 4% las entregas de gafas graduadas, en el único caso que su adquirente posea una discapacidad superior al 33 por ciento, acreditada con el certificado expedido por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o el órgano competente de la Comunidad Autónoma y que esta discapacidad sea referente al órgano visual”.
Sin otro particular, quedamos como siempre a su entera disposición para aclararles y ampliarles la información que precisen".