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Voto accesible Elecciones Autonómicas 2015

 De acuerdo con lo establecido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, el 24 de mayo de 2015 (cuarto domingo de mayo), se celebrarán en España elecciones municipales.

El mismo día se celebrarán, por imperativo de la Ley Electoral y de los Estatutos de Autonomía, elecciones autonómicas en nuestra Región de Murcia.  Por este motivo, a continuación incluimos información sobre el voto accesible para los discapacitados visuales.

INFORMACIÓN VOTO ACCESIBLE DISCAPACITADO VISUAL

- Regulación: El voto del discapacitado visual, regulado en el artículo 87 Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), contempla dos modalidades:

  • Asistido por una persona de su confianza (art. 87.1 LOREG). Voto accesible (art.87.2 LOREG y Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio).

- El procedimiento de voto accesible sólo es aplicable a las elecciones autonómicas.

- Personas que pueden utilizar esta modalidad de voto:  personas con discapacidad visual que:

  • Conozcan el sistema de lecto-escritura Braille y tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100 o sean afiliados a la Organización Nacional de Ciegos Españoles.

- Voto rogado:

  • Ha de comunicarse la intención de utilizar esta modalidad mediante llamada al teléfono gratuito 900 712 712.
  • Plazo: desde el 31 de marzo hasta el 27 de abril (desde día de convocatoria hasta vigésimo séptimo posterior).
  • Los electores indicarán su nombre, apellidos, domicilio, DNI y un teléfono de contacto, así como que cumplen los requisitos necesarios para utilizar la modalidad de voto accesible.
  • En la misma llamada recibirán la confirmación de la recepción de su solicitud. Dicha confirmación le habilita para recoger la documentación en la Mesa electoral.
  • En el teléfono gratuito se puede solicitar la información sobre las candidaturas así como realizar consultas sobre el procedimiento del voto accesible hasta el día de la celebración del proceso electoral.

- La CARM realizará una campaña informativa, en formato accesible, que se emitirá gratuitamente en medios de comunicación de titularidad pública una vez convocado el proceso electoral.

- El día de la votación, el elector que lo haya solicitado, deberá dirigirse al presidente de la Mesa electoral, que le entregará un kit impreso en tinta y Braille, que incluye:

  • Las instrucciones explicativas sobre la utilización de la documentación, impresas en sistema Braille.
  • Un sobre de votación normalizado.
  • Un sobre por cada una de las candidaturas con la indicación de ésta en tinta y en sistema Braille, en las que el elector encontrará la papeleta de votación normalizada correspondiente a la candidatura indicada en el exterior.
  • Dentro de cada uno de estos sobres se encontrará la papeleta de votación normalizada correspondientes a la candidatura indicada en el exterior.

 

Fuente: MurOnce

 

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